lunes, 7 de noviembre de 2011

CONCLUSIONES DEL PLENO NACIONAL JURISDICCIONAL CONSTITUCIONAL‏

Amigos Jueces:
Regresando del Pleno Jurisdiccional Nacional Constitucional, los temas que se desarrollaron fueron:

a) Ejecución de las medidas cautelares concedidas en los procesos de amparo que ordenan la suspensión de procesos judiciales;
b) La oposición contra las medidas cautelares como requisito para postular apelación en los procesos constitucionales y
c) El pago de intereses legales en los procesos constitucionales cuando las sentencias no se pronuncian al respecto.

En el primero, el pleno aprobó por mayoría que la regla es no conceder medidas cautelares que suspendan procesos, sólo excepcionalmente cuando la vulneración al debido proceso es muy grave. En el segundo, también por mayoría, es puede apelar la medida cautelar sin necesidad de haber postulado oposición, ya que éste es facultativo. Finalmente, el último tema, por mayoría, se acordó que es posible ordenar el pago de intereses y devengados, en ejecución de la sentencia que sólo amparó el derecho a la pensión.

Saludos,

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Red de Jueces Transparentes